El proyecto adelanta al 1 de julio próximo el ajuste para los montos máximos de facturación, para que los monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado. Si bien en el proyecto original se establecía un índice del 29,12,%, durante el debate en el recinto se decidió subir al 60% la escala de facturación de las categorías A, B, C y D para favorecer a los contribuyentes de menores ingresos.
Los cambios impactarán positivamente en la situación económica de un total de 4.498.419 monotributistas de todo el país, lo que representa el 39% de AMBA y el 61% de las provincias.
Además, se eximirá solo del componente impositivo a las Categorías A ($288 por mes) y B ($555). Para darle progresividad a la medida este beneficio se aplicará a los monotributistas “puros”, es decir aquellos que no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.
Esta exención del componente impositivo beneficiará a 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total. En tanto, se aclaró que no se afectará a fondos de obras sociales, no seguridad social.
Alivio fiscal para monotributistas y autónomos: cuáles son los cambios
El proyecto tiene como objetivo la actualización de los montos de la facturación máxima permitida para estar en cada una de las categorías de la escala. También renovará los topes de ingresos que permiten acceder al sistema impositivo simplificado.
La misma iniciativa prevé, además, novedades para los autónomos, que pagan Ganancias a partir de ingresos más bajos, en comparación con los asalariados y jubilados. El proyecto será ahora girado al Senado para convertirse en ley.
Cambios en el monotributo: desde cuándo se aplicarán los cambios de la nueva ley de alivio fiscal
Los montos de ingresos topes aumentarán un 29,12%, salvo los de las categorías A, B, C y D que lo harán en un 60%. Este porcentaje surge del mecanismo de actualización anual, por el cual las cifras se reajustan en cada enero, tomando como referencia el porcentaje del incremento obtenido en el año previo por las jubilaciones y pensiones del sistema previsional general de la ANSES.
Si se aprueba la ley de alivio fiscal, estos cambios se aplicarán a partir del 1 de julio de 2022. Hasta el día 20 de ese mes, los monotributistas deberán cumplir con el segundo trámite de recategorización que hay cada año.
¿Cómo quedarán las escalas del monotributo?
Si se aprueba la nueva tabla, deberán observar su facturación de los últimos doce meses. De esta manera, los topes por categoría quedarán de la siguiente forma:
Categoría A $748.382,07
Categoría B $1.112.459,83
Categoría C $1.557.443,75
Categoría D $1.934.273,04
Categoría E $2.277.684,56
Categoría F $2.847.105,70
Categoría G $3.416.526,83
Categoría H $4.229.985,60.